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El área privada corresponde al área cubierta del inmueble, excluyendo los elementos comunes localizados dentro de sus linderos, tales como, columnas, muros medianeros entre propiedades privadas, muros anexos a zonas comunes, muros de fachada, ductos y los demás contemplados en las normas legales. Las áreas y medidas de cada espacio son aproximadas y pueden ser susceptibles de modificación, dependerán de la normatividad urbanística y constructiva aplicable al proyecto, la cual se reflejará en la aprobación y expedición de la Licencia de construcción y el proceso constructivo. Las imágenes aquí contenidas son una representación artística, por lo tanto los detalles de diseño, colores y especificaciones de materiales están sujetos a modificación. Los muebles y equipamientos no hacen parte de la oferta comercial.